Las reformas, contenidas en el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 4 de marzo de 2008 y entrarán en vigor el próximo 21 de agosto, de ahí que sea recomendable señalar que una de las nuevas obligaciones patronales, consiste en exhibir al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), dentro de los primeros cinco días posteriores al inicio de la obra; así como bimestralmente por cada una de las obras que esté edificando, una relación mensual de los subordinados que participaron en éstas.
Según el área de Patrones de la Construcción de las Subdelegaciones del Seguro Social, para cumplir con esta nueva obligación, los obligados tienen que presentar un escrito libre.
Observar todo lo anterior les permitirá a los patrones de esta industria no ser objeto de la imposición de alguna multa por parte del Seguro Social, cuyo importe oscila de 20 a 350 veces el salario mínimo general vigente en el DF, esto es actualmente de $1,051.80 a $18,406.50 (arts. 304-A, fracción XXI y 304-B, fracción IV Ley del Seguro Social –LSS–)
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