Ante la entrada en vigor de esta obligación que deberán cumplir las personas físicas, se da respuesta a las principales preguntas que se han recibido en nuestro servicio de consultoría.
1. ¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)?
Las personas físicas que realicen actos o actividades gravados por la Ley del IVA incluyendo a los que realicen actividades gravadas al 0%, y/o que tengan registrada ante la autoridad tributaria la clave de obligación correspondiente a dicho impuesto.
2. ¿Cuándo deben presentar la DIOT las personas físicas?
La declaración debe presentarse por todos los meses del año. No obstante, la regla 5.1.7 del libro II de la RMISC, permite a las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, el considerar cumplida esta obligación, siempre que estén obligadas a presentar, y presenten, la declaración de clientes y proveedores por el ejercicio de 2008.
De julio a diciembre de 2008, estarán a lo siguiente:
Información correspondiente al mes de:
Se presentará en el mes de:
Julio de 2008___________Agosto de 2008
Agosto de 2008__________Septiembre de 2008
Septiembre de 2008______Octubre de 2008
Octubre de 2008_________Noviembre de 2008
Noviembre de 2008_______Diciembre de 2008
Diciembre de 2008_______Enero de 2009
3. ¿Mediante que formato se debe presentar la Declaración?
Mediante el formato A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros”.
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